Esta medida también suspenderá el cobro del impuesto al consumo de los restaurantes, que es del 8%, durante los días estipulados. <>
El decreto 682 de 2020 especifica cuáles serán los tres días sin iva y describe los productos a los cuales se les aplicará el descuento junto con sus formas de pago y facturación. Por el cual se establece exención especial del Impuesto sobre las ventas para el año 2020, y se dictan otras disposiciones con el fin de promover la reactivación económica en Colombia. <>/Metadata 257 0 R/ViewerPreferences 258 0 R>>
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Decreto 686 mayo 22 de 2020. Mediante el Decreto Legislativo 682 de 2020, el gobierno establece una exención especial sobre el impuesto sobre las ventas, la reducción de la tarifa del impuesto nacional al consumo en el expendio de comidas y bebidas, y, la exclusión del impuesto sobre las ventas sobre el arrendamiento de locales comerciales y concesión de espacios. Cauca (1.367), Bolívar (742), Atlántico (1.022), Magdalena (284), Cesar (72), Norte de Santander (99), Santander (42), Cauca (51), Caldas (100), Risaralda (216), Quindío (71), Huila (179), Tolima (130), Meta (927), Casanare (21), San Andrés y Providencia (6), Nariño (306), Boyacá (77), Córdoba (39), Sucre (4) La Guajira (27), Chocó (28), Caquetá (16), Amazonas (718), Putumayo (1); y (iii) reportó el 18 de mayo de 2020 592 muertes y 16.295 casos confirmados en Colombia, distribuidos así: Bogotá D.C. (5.720), Cundinamarca (368), Antioquia (543), Valle del Cauca (1.795), Bolívar (1.492), Atlántico (1.827), Magdalena (435), Cesar (77), Norte de Santander (114), Santander (50), Cauca (64), Caldas (120), Risaralda (238), Quindío (81), Huila (212), Tolima (164), Meta (951), Casanare (25), San Andrés y Providencia (21), Nariño (499), Boyacá (106), Córdoba (78), Sucre (4) La Guajira (47), Chocó (43), Caquetá (21), Amazonas (1.183), Putumayo (3), Caquetá (21), Vaupés (11) y Arauca (1). provvedimento n. 682 dd. DECRETO 682 DE 2020 – EXENCIÓN ESPECIAL DE IVA EN PRODUCTOS, REDUCCIÓN IPOCONSUMO Y EXCLUSIÓN DE IVA EN ARRIENDOS COMERCIALES Y CONCESIÓN DE ESPACIO. Decreto 682 de 2020 . El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Sin IVA en restaurantes y cánones de arrendamiento. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA . O PREFEITO MUNICIPAL DE PALHOÇA, Estado de Santa Catarina, No uso de suas atribuições legais, e considerando a situação de emergência em saúde … NO DEJES CERRADO TU NEGOCIO. ��. Objeto de proyecto: La presente Ley tiene por objeto eliminar la exención especial del impuesto sobre las ventas contenida en el Decreto Legislativo 682 de 2020 y establecer para el año 2021 un aumento en la periodicidad de la compensación del impuesto sobre las ventas a favor de la población más vulnerable. Esta medida establece la exención especial del IVA y se dictan otras disposiciones con el propósito de 54, VI, “a”, da Lei Orgânica do Município do Recife, Para ver todas las páginas del documento debes tocar la pantalla y luego dar clic sobre las flechas en la parte inferior. endobj
Por el cual se adoptan disposiciones transitorias en materia de sistemas especiales de importación-exportación, consumidor, turismo y zonas francas, para mitigar los efectos causados por la … El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994, y en desarrollo de lo previsto en el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, "Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional", y. Que en los términos del artículo 215 de la Constitución Política, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, en caso de que sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 de la Constitución Política, que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá declarar el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Decreto 682 del 21 de mayo de 2020 Por medio del cual el Gobierno Nacional establece una exención especial del impuesto sobre las ventas (IVA) para el año 2020, disminuye la tarifa del impuesto nacional al consumo en el expendio de comidas y bebidas y crea una exclusión temporal de IVA sobre el arrendamiento de locales comerciales Fuentes formales Decreto Legislativo 682 de 2020 . Por el cual se establece exención especial del Impuesto sobre las ventas para el año 2020, y se dictan otras disposiciones con el fin de promover la reactivación económica en Colombia. x��[͎�F�0��#X4���O`8��Zc�u�xރ���G�%�Ii���弇}}�i^ U�MR?d ��XC�[]�U_�v�zzu/�ֳgO�\\������˹e�j2�r�?�^���>��y���%̷ky~������?�ń�������y��,?f.�V��H`]/`��ȚW��5�o���������˩3����,������gSX���!|p?r�h�"o����o.,k[2llɰ0r�� 2.2 Segundo día: 3 de julio de 2020. decreto 682 del 21 de mayo de 2020. DECRETO 682 DE 2020 (Mayo 21) DECRETO 682 DE 2020 Los vendedores deben establecer los controles para evitar que los consumidores com-pren más de tres unidades de cada bien Se debe cumplir con los sistemas de facturación vigente (electrónica, papel o POS), dependiendo de cual esté obligado, identificando al adquirente. endobj
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DECRETO-682-DEL-21-DE-MAYO-DE-2020_compressed. Que el Ministerio de Salud y Protección Social reportó el 9 de marzo de 2020, 0 muertes y 3 casos confirmados en Colombia. DECRETO 682 DE 2020 En este abecé podrás conocer algunos detalles de cómo operarán los tres días sin Impuesto Sobre las Ventas (IVA) establecidos en el Decreto 682 de 2020. 2 0 obj
Que mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días calendario, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta al país por causa de … ¿Ya estas preparado para vender tus productos sin IVA y aumentar tus ventas? DECRETO 682 DE 2020 Los vendedores deben establecer los controles para evitar que los consumidores com-pren más de tres unidades de cada bien Se debe cumplir con los sistemas de facturación vigente (electrónica, papel o POS), dependiendo de cual esté obligado, identificando al … <>/ExtGState<>/ProcSet[/PDF/Text/ImageB/ImageC/ImageI] >>/MediaBox[ 0 0 612 792] /Contents 4 0 R/Group<>/Tabs/S/StructParents 0>>
Por el cual se establece la exención especial del impuesto sobre las ventas para el año 2020 y se dictan otras disposiciones con el propósito de promover la reactivación de la economía colombiana, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado por el Decreto 637 de 2020. Antonio Poggiana Title: 682 protocolo de bioseguridad en el sector de la construcción Created Date: 4/27/2020 5:48:50 PM decreto 682 del 21 de mayo de 2020. Que pese a las medidas adoptadas, el Ministerio de Salud y Protección Social (i) reportó el 10 de mayo de 2020 463 muertes y 11.063 casos confirmados en Colombia, distribuidos así: Bogotá, D. C. (4.155), Cundinamarca (283), Antioquia (468), Valle del Cauca (1.331), Bolívar (679), Atlántico (970), Magdalena (271), Cesar (72), Norte de Santander (99), Santander (42), Cauca (47), Caldas (100), Risaralda (216), Quindío (67), Huila (178), Tolima (130), Meta (923), Casanare (21), San Andrés y Providencia (6), Nariño (296), Boyacá (67), Córdoba (39), Sucre (4) La Guajira (27), Chocó (28), Caquetá (16) y Amazonas (527); (ii) reportó el 11 de mayo de 2020 479 muertes y 11.613 casos confirmados en Colombia, distribuidos así: Bogotá, D. C., (4.305), Cundinamarca (289), Antioquia (474), Valle del. Decreto 682 de 2020 1 EVA - Gestor Normativo Decreto 682 de 2020 Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994, y en desarrollo de lo previsto en el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020, «Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional», y Que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el actual brote de enfermedad por Coronavirus COVID-19 como una pandemia, esencialmente por la velocidad de su propagación y la escala de trasmisión, toda vez que al 11 de marzo de 2020 a la OMS se habían notificado cerca de 125.000 casos de contagio en 118 países y que a lo largo de esas últimas dos semanas el número de casos notificados fuera de la República Popular China se había multiplicado en trece (13) veces, mientras que el número de países afectados se había triplicado, por lo que instó a los países a tomar acciones urgentes. Los días de la exención en el impuesto sobre las ventas -IVA de que trata el presente Decreto Legislativo corresponderán a las siguientes fechas: 2.1 Primer día: 19 de junio de 2020. Decreto Legislativo 682 de 2020, se aplicará en todo el territorio nacional el día 21 de noviembre de 2020, en los términos, alcance y reglas establecidas en dicho decreto legislativo. 3 0 obj
Que de acuerdo con lo anterior se requiere definir un nuevo dla para la aplicación de la exenci6n del impuesto sobre las ventas ..IVA en el año 2020 en los términos previstos en el Decreto Legislativo 682 de . Que estos decretos deberán referirse a materias que tengan relación directa y específica con el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, y podrán, en forma transitoria, establecer nuevos tributos o modificar los existentes. Esta medida establece la exención especial del IVA y se dictan otras disposiciones con el propósito de stream
Que mediante la Resolución 380 del 10 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social adoptó, entre otras, medidas preventivas sanitarias de aislamiento y cuarentena de las personas que, a partir de la entrada en vigencia de la precitada resolución, arribaran a Colombia desde la República Popular China, Francia, Italia y España. Que la no adopción de los sistemas técnicos de control, dará lugar a aplicar la sanción El Decreto 682 establece la exención del impuesto sobre las ventas IVA para determinados bienes corporales muebles que sean enajenados dentro del territorio nacional durante tres días del años. resumen (decreto ratificado por ley 15174) (derogado por decreto 340/2020, con excepciÓn del artÍculo 10, manteniendo su vigencia) aprueba la reglamentaciÓn para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados de las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibiciÓn de circular que establece el decreto nacional 297/2020, prorrogado por 408/2020. Que según la Organización Mundial de la Salud (OMS), se ha reportado la siguiente información: (i) en reporte número 57 de fecha 17 de marzo de 2020 a las 10:00 a m. CET1 señaló que se encuentran confirmados 179.111 casos del nuevo coronavirus COVID-19 y 7.426 fallecidos, (ii) en reporte número 62 de fecha 21 de marzo de 2020 a las 23:59 p. m. CET señaló que se encuentran confirmados 292.142 casos del nuevo coronavirus COVID-19 y 12.783 fallecidos, (iii) en reporte número 63 de fecha 23 de marzo de 2020 a las 10:00 a. m. CET señaló que se encuentran confirmados 332.930 casos del nuevo coronavirus COVID-19 y 14.509 fallecidos, (iv) en el reporte número 79 de fecha 8 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET se encuentran confirmados 1.353.361 casos del nuevo coronavirus COVID-19 y 79.235 fallecidos, (v) en el reporte número 80 del 9 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET señaló que se encuentran confirmados 1.436.198 casos del nuevo coronavirus COVID-19 y 85.521 fallecidos, (vi) en el reporte número 81 del 10 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET señaló que se encuentran confirmados 1.521.252 casos del nuevo coronavirus COVID-19 y 92.798 fallecidos, (vii) en el reporte número 82 del 11 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET señaló que se encuentran confirmados 1.610.909 casos del nuevo coronavirus COVID-19 y 99.690 muertes, (viii) en el reporte número 83 del 12 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET señaló que se encuentran confirmados 1.696.588 casos del nuevo coronavirus COVID-19 y 105.952 fallecidos, (ix) en el reporte número 84 del 13 de... ©2021 vLex.com Todos los derechos reservados, Información jurídica, tributaria y empresarial. SERVIZIO SANITARIO REGIONALE AZIENDA SANITARIA UNIVERSITARIA GIULIANO ISONTINA DECRETO DEL DIRETTORE GENERALE L’anno duemilaventi il giorno diciasette del mese di SETTEMBRE IL DIRETTORE GENERALE dott. DECRETO 682 de 2020 - Por el cual se establece la exención especial del Impuesto sobre las Ventas para el año 2020 y se dictan otras disposiciones con el propósito de promover la reactivación de la economía colombiana, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado por el Decreto 637 de 2020 DECRETO 682 DE 2020 En este abecé podrás conocer algunos detalles de cómo operarán los tres días sin Impuesto Sobre las Ventas (IVA) establecidos en el Decreto 682 de 2020. Que mediante Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, el Ministro de Salud y Protección Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1753 de 2015, declaró el estado de emergencia sanitaria por causa del nuevo Coronavirus COVID-19 en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020 y, en virtud de esta, adoptó una serie de medidas con el objeto de prevenir y controlar la propagación del Coronavirus COVID-19 y mitigar sus efectos.